DIEZMO, OFRENDAS, SIEMBRA
Cómo y dónde Ofrendar
Él te abrirá su buen tesoro, los cielos, para dar lluvia a tu tierra en su tiempo y para bendecir toda la obra de tus manos…
RED LINK
HOME BANKING
- ingrese a su homebanking,
- ingresar a “pagos”,
- ingresar en el buscador: “Fundación de la Ciudad”,
- ingresar como código link la fecha en que usted realiza la transacción,
- ingresar las coordenadas,
- ingresar importe a ofrendar y DNI,
- elegir cuenta a debitar,
- ingresar clave de homebanking y hacer click en “pagar”. –
LINK CELULAR
- ingrese a la app de su banco,
- ingresar “usuario” y “clave”,
- ingresar en “pagos”,
- hacer click en “nuevos pagos”,
- elegir el rubro “asociaciones y clubes”,
- buscar por ente: “Fundación de la ciudad-ofrenda”,
- ingresar como código link la fecha en que usted realiza la transacción,
- ingresar el “importe” a ofrendar,
- en el campo “referencia” ingresar DNI,
- seleccionar la cuenta a debitar,
- ingresar la clave de “homebanking”,
- hacer click en “aceptar”. –
CAJERO AUTOMÁTICO
- elija la opción “pagos” del menú principal,
- elija la opción “pago de impuestos y servicios”,
- hacer click en “continuar”,
- seleccione el rubro “asociaciones y clubes”,
- ingresar como código link la fecha en que usted realiza la transacción,
- seleccione la opción “Fundación de la Ciudad”,
- ingrese el DNI e importe a ofrendar,
- seleccionar la cuenta a debitar,
- pagar.
DEPÓSITO O TRANSFERENCIA BANCARIA
Razón social: Fundación de la Ciudad C.U.I.T.: 30-70902126-1
Banco de la Nación Argentina / Sucursal: 2910
Cuenta Corriente Especial en PESOS
N° 429922179-3
CBU: 0110429940042992217930
Cuenta Corriente Especial en DOLARES
N° 29104290946958
CBU: 0110429941042909469581
PAYPAL
- Dirigirse a la página de inicio en www.paypal.com
- Click en Crear cuenta.
- Completa la información, y haz click en Aceptar y crear cuenta.
- Click en botón “Herramienta, Enviar pagos”.
- Coloque dirección de mail finanzas@iglesiadelaciudad.com.ar
- Ingrese importe $….
- Click en “Enviar Pago”
MERCADO PAGO / QR
- Descargar aplicación “Mercado Pago”,
- Ingresar a la App y seleccionar “Pagar con QR,
- Escanea el código QR,
- Ingresar monto $,
- Aparecerá el logo “Fundación de la Ciudad”
- Elige el “medio de pago” y paga.
TODO PAGO
- ALIAS: dador.alegre
- Descargar aplicación “Todo Pago”,
- Crea un usuario y contraseña, y luego ingresa a tu cuenta,
- Elige la opción “Hacé un pago”,
- Ingrese el alias “dador.alegre” (respetando las minúsculas),
- Elige el “medio de pago”,
- Ingrese el monto $ a ofrendar, y luego “Pagar”.
VALE PEI BILLETERA
- Descarga app ¨VALEpei Billetera¨.
- Click en botón ¨Enviar Dinero¨.
- Elegir un alias CBU / contacto a depositar.
- Ingresar el importe $.
- Ingresar el CBU (de la Fundación).
- Motivo de envío; ofrenda, diezmo u otro.
- Elegir la cuenta (origen) desde donde se debitará.
- Colocar nombre y apellido.
Sobre el tratamiento impositivo de su donación:
A continuación, a modo informativo, le ofrecemos algunos datos importantes sobre el tratamiento impositivo de donaciones en Argentina, que puede ser aplicable a aquellas donaciones que se efectúen a través del Sitio. De acuerdo a la Ley de Impuesto a las Ganancias vigente (Título III, Art. 81, inc. c), son deducibles de la ganancia del año fiscal las donaciones realizadas a, entre otros, asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad y beneficencia, con un límite máximo del 5% de la ganancia neta del ejercicio. Para que sean procedentes dichas deducciones hasta este límite máximo, quienes efectúen las donaciones deben cumplir con ciertos requisitos establecidos en la normativa aplicable (RG 2681/09 AFIP). Dicha normativa establece que las donaciones en dinero se efectuarán observando las siguientes condiciones:
Deberán realizarse, a nombre de los donatarios, mediante:
- Depósito bancario.
- Giro o transferencia bancaria.
- Débito en cuenta a través de cajero automático.
- Débito directo en cuenta bancaria.
- Débito directo en cuenta de tarjeta de crédito.
Régimen de Información: La AFIP establece un régimen de información para donantes y donatarios.
1. Personas físicas responsables del impuesto a las ganancias: por las donaciones que efectúen durante el ejercicio fiscal correspondiente.
2. Sucesiones indivisas y personas jurídicas: por las donaciones que efectúen por su cuenta y orden, durante el ejercicio fiscal correspondiente.
Esta información no pretende brindar asesoramiento impositivo alguno. Por lo tanto, recomendamos consultar sobre todos estos aspectos a un especialista en el área.